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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

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 Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Los Rios

 

  

Resumen ejecutivo

 

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (1) presenta el reporte "Desapariciones forzadas en contexto de la militarización en la costa en Ecuador", que recoge una serie de casos de personas detenidas desaparecidas por patrullas de las Fuerzas Armadas del Ecuador, en el contexto de la militarización decretada por el Gobierno Nacional. Los 16 casos descritos en el presente reporte fueron registrados durante el 2024 en provincias de la costa: 9 casos en la provincia de Los Ríos, 4 casos en la provincia del Guayas y 3 casos en la provincia de Esmeraldas.

 

Los casos registrados suman 27 personas víctimas de desapariciones forzadas. 9 de ellas son menores de edad.

 

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¿Qué es una desaparición forzada?

 

Se considera desaparición forzada toda forma de arresto, detención, secuestro o cualquier otra modalidad de privación de libertad perpetrada por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa de las autoridades a reconocer la situación de privación de libertad o a revelar la suerte o el paradero de la persona interesada, lo que sustrae a la víctima de la protección de la ley (Artículo 2 del Convención Internacional para la protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ICPED) y Preámbulo de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas).

 

 

Contexto

 

El 9 de enero de 2024, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, emitió el decreto ejecutivo 111 que declaró por primera vez un estado de excepción bajo la causal de conflicto armado interno en el país, movilizando a las Fuerzas Armadas a escala nacional, incluyendo los centros de privación de libertad (2). En este contexto, se promovió el uso de la fuerza letal para “neutralizar grupos terroristas” (3).

 

La declaratoria de “conflicto armado interno” fue cuestionada por organizaciones de derechos humanos, tanto nacionales como internacionales, quienes advirtieron que dicha medida pone en grave riesgo la vida y la integridad de la ciudadanía. Asimismo, señalaron que la situación en Ecuador y la justificación del Ejecutivo no cumplía -ni cumple- con los requisitos establecidos para tal declaratoria.

 

Estas organizaciones alertaron que la movilización de las Fuerzas Armadas, entrenadas para combatir al “enemigo”, es una medida mediática que refuerza un enfoque securitista y punitivista y pone en grave riesgo derechos humanos fundamentales (4). y que, en su lugar, lo que el país necesita es una política pública integral, con medidas efectivas, integrales, estratégicas, técnicas y profesionales, de mediano y largo plazo que aborde los factores que inciden en el aumento y proliferación del crimen organizado (5).

 

Es en este contexto de militarización y de grave riesgo para la vida y la integridad de las y los habitantes del Ecuador, se han denunciado graves violaciones de derechos humanos. El presente informe busca denunciar los patrones de desapariciones forzadas cometidas por integrantes de Fuerzas Armadas en contextos de operativos de seguridad, particularmente ocurridas en la Costa del Ecuador.

 

 

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Familiar de Luis Alberto Sabando Veliz

 

 

Antecedente históricos

 

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), en sus 42 años de existencia ha documentado la recurrente práctica de la desaparición forzada por parte de cuerpos de la fuerza pública en la costa del Ecuador. Resaltamos el caso de Manuel Bolaño Quiñonez (22 años) detenido desaparecido el 14 de octubre de 1985 en Esmeraldas; Consuelo de los Angeles Benavides Cevallos (35 años) detenida desaparecida el 4 de diciembre de 1985 en Esmeraldas; Felipe Arpi Avila (33 años) e Ignacio Dominguez detenidos desaparecidos el 20 de abril en Guayas; Wilson Carabajo Fajardo (29 años) detenido desaparecido el 27 de abril de 1990 en Los Ríos; Luis Valverde Alvarez (31 años) detenido desaparecido el 2 de marzo de 1991 en Los Ríos; Marco Romero Carrasco (17 años) detenido desaparecido el 24 de febrero de 1992 en Esmeraldas; Douglas Flores Burgos (45 años) y Benito Velez Loor (34 años) detenidos desaparecidos el 5 de abril de 1992 en Quevedo; Jhonny Gómez Balda y Cesar Mata Valenzuela detenidos desaparecidos el 19 de noviembre del 2003; Luis Alberto Sabando Veliz (21 años) el 29 de septiembre del 2004.

 

 

Antecedente legal

 

La Constitución de la República del Ecuador reconoce en su artículo 66 numeral 3 literal c que el derecho a la integridad personal integra “La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes”.

 

De la misma forma el artículo 2 de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, establece:

 

A los efectos de la presente Convención, se entenderá por "desaparición forzada" el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.

 

Es así, que la desaparición forzada posee un carácter pluriofensivo. Según la jurisprudencia reiterada de la Corte IDH, su ocurrencia implica la violación de múltiples derechos protegidos por la Convención. En primer lugar, vulnera el derecho a la libertad personal, independientemente de que la detención o privación de la libertad se haya llevado a cabo conforme a la ley. En segundo lugar, afecta el derecho a la integridad personal, ya que el aislamiento prolongado y la incomunicación forzada constituyen un trato cruel e inhumano, contrario a los artículos 5.1 y 5.2 de la Convención. En tercer lugar, pone en riesgo el derecho a la vida, dado que la víctima se encuentra en una situación extrema de vulnerabilidad que incrementa ese peligro. En cuarto lugar, se infringe el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, ya que la desaparición forzada elimina la protección legal y compromete la seguridad personal y jurídica del individuo, impidiendo el reconocimiento de su personalidad jurídica. Además, también representa una violación del artículo I.a de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada, que prohíbe expresamente su práctica (6).

 

En esa misma línea, la Corte IDH ha reconocido que una desaparición forzada comprende de tres elementos y ha desarrollado su naturaleza permanente o contínua:

 

La Corte recuerda que la desaparición forzada de personas es una violación de derechos humanos constituida por tres elementos concurrentes: a) la privación de la libertad; b) la intervención directa de agentes estatales o la aquiescencia de estos, y c) la negativa de reconocer la detención y de revelar la suerte o el paradero de la persona interesada. Al respecto, este Tribunal ha desarrollado en su jurisprudencia el carácter pluriofensivo de la desaparición forzada, así como su naturaleza permanente o continua, en la cual la desaparición y su ejecución se inician con la privación de la libertad de la persona y la subsiguiente falta de información sobre su destino, y permanece mientras no se conozca el paradero de la persona desaparecida o se hallen sus restos de modo que se determine con certeza su identidad. (énfasis añadido) (7).

 

 

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Familiares de Jairo Damián Tapia Alvarez

 

 

Patrones identificados en intervenciones militares en casos de desaparición forzada en 2024

 

La Corte Constitucional del Ecuador y la Corte IDH ha establecido que la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad ciudadana debe ser ser: (i) extraordinaria, (ii) subordinada y complementaria, (iii) regulada, (iv) fiscalizada y (v) se deben garantizar mecanismos de rendición de cuentas y denuncias frente al abuso de cualquiera de sus facultades o en el caso de violación a derechos humanos (8). A pesar de ello, los múltiples operativos causantes de desaparición forzada de personas, no han cumplido con estos requisitos.

 

Paralelo a ello, se han identificado patrones en relación a: detenciones, obstáculos en el acceso a la justicia y falta de eficiencia en procesos investigativos:

 

 

1. Arbitrariedades en el momento de la detención

 

En los casos registrados, se observa un patrón de intervención militar caracterizado por:

 

Ingresos no autorizados: Los militares ingresaron a domicilios sin orden judicial ni consentimiento, causando desorden, robo y destrucción de pertenencias personales.

 

Operativos indiscriminados de control en vía pública: Se identifican que las detenciones ocurren en circunstancias de operativos de carretera, en los que se priva de la libertad de forma aleatoria e indiscriminada.

 

Amenazas y violencia: Durante los operativos, los familiares fueron amenazados con el uso de gas y otros medios de intimidación.

 

Uso excesivo de la fuerza: Mayormente las personas detenidas fueron golpeadas y sufrieron agresiones físicas en el rostro y en las partes de su cuerpo. También, se identifica que acompañantes de los ahora detenidos desaparecidos fueron liberados desnudos como presunta forma de castigo.

 

Ausencia de protocolos para el tratamiento a niños, niñas y adolescentes: Considerando que casi la mitad de las víctimas son niños, niñas y adolescentes, no se evidencia la aplicación de protocolos para este grupo de atención prioritaria en circunstancias de presuntas infracciones.

 

 

2. Obstáculos en el acceso a la justicia

 

Las personas familiares víctimas de desaparición forzada han tenido complicaciones a la hora de acceder a la justicia:

 

Demoras en la recepción de denuncias: Las autoridades de la Unidad de Vigilancia Comunitaria (UVC) recomendaron a los familiares esperar varios días antes de presentar denuncias.

 

Ineficiencia institucional: La DINASED no realizó adecuadamente las labores de investigación inicial.

 

Retrasos deliberados: La Fiscalía demoró en admitir las denuncias, justificando estas demoras en un supuesto esfuerzo por proteger la integridad de los ciudadanos desaparecidos.

 

Estos obstáculos comprometen el acceso a la justicia y generan revictimización de las familias afectadas.

 

 

3. Falta de eficiencia en proceso investigativo

 

El desarrollo de las investigaciones presenta serias irregularidades y falta de diligencia:

 

Tipificación errónea de la investigación previa: Funcionarios y funcionarias de la Fiscalía procesan las denuncias por secuestro o investigación involuntaria, a pesar de haber identificado indicios claros de participación de las Fuerzas Armadas. Esto influye en los mecanismos investigativos.

 

Ausencia de notificación y falta de comunicación o participación: Los familiares no reciben información sobre el avance de los procesos legales ni participan en los mecanismos de búsqueda.

 

Falta de apoyo psicológico: Las familias no han recibido atención psicológica a pesar de la situación traumática que enfrentan.

 

Pronunciamientos insensibles: Algunas autoridades locales a cargo de la investigación realizan declaraciones desalentadoras, sugiriendo a los familiares que su pariente desaparecido ya se encuentra muerto o que la investigación durará más de 15 años.

 

 

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Familiares de Jonathan Gabriel Adrihan Bravo y Oscar Arturo Adrihan Bravo

 

 

El rostro de la desaparición forzada en Ecuador

 

Los casos expuestos han sido puestas en conocimiento del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas. Algunos ya cuentan con un pronunciamiento del Comité disponiendo medidas de acción urgente y medidas cautelares en los siguientes términos:

 

• Medidas de investigación siguiendo los protocolos y estándares internacionales en materia de desaparición forzada y localización de la persona desaparecida.

 

• Establecer una estrategia integral con un plan de acción y cronograma para la búsqueda inmediata y la investigación exhaustiva e imparcial.

 

• Adoptar medidas cautelares para preservar la vida e integridad de los familiares de los desaparecidos, asegurando que puedan continuar con las actividades de búsqueda sin represalias.

 

• Garantizar mecanismos claros para informar a los familiares sobre los avances en la búsqueda e investigación e involucrar a los familiares de manera directa.

 

• Implementar medidas inmediatas para proteger y asegurar la cadena de custodia de los elementos probatorios relevantes, como registros de cámaras y comunicaciones.

 

 

1. CASO BRUNO RODRÍGUEZ y FARDI MUÑOZ - CANTÓN ESMERALDAS, ESMERALDAS.

 

Bruno de 23 años de edad y con 50% de discapacidad intelectual salió casa a la tienda el 30 de enero del 2024 con Fardi Muñoz y fueron interceptados por militares, golpeados en un sector baldio y llevados en una camioneta blanca. La madre de Bruno intento acercarse pero los militares no se lo permitieron pese a su insistencia. A pesar de haber puesto la denuncia, no tienen conocimiento del paradero de ambos.

 

 

2. CASO CIRILO MINOTA - CANTÓN QUININDÉ, ESMERALDAS.

 

Cirilo de 35 años de edad, regresaba de Esmeraldas el 4 de abril a las 14h30. En el trayecto los militares detuvieron a tres chicos,incluyendo a Cirilo. Los dos chicos fueron golpeados y abandonados en un sector alejado de la zona de detención. Sin embargo, no se conoce el paradero de Cirilo.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

3. CASO OSWALDO MORALES - CANTÓN EL EMPALME, GUAYAS.

 

Oswaldo de 23 años de edad fue detenido por militares en el Cantón El Empalme mientras se dirigía en su carro a comer con tres amigos el 25 de abril del 2024. Dejaron a sus tres amigos golpeados en el camino. Oswaldo Mauricio Morales Santana no aparece.

 

 

4. CASO NEIVI QUIÑONEZ Y ARIEL CHEME - BARRIO SAN PEDRO, ESMERALDAS.

 

Neivi Quiñonez (18 años) y Ariel Cheme (19 años) fueron detenidos por militares en Esmeraldas el 17 de julio de 2024. Familiares de las víctimas denunciaron que la causa de su desaparición y posterior ejecución fue un operativo de miembros de la Fuerza de Tarea Conjunta, en un sector del barrio San Pedro, en la ciudad de Esmeraldas. La angustia de los padres y familiares se extendió por una semana hasta que se produjo el hallazgo de dos cuerpos incinerados en el recinto Cabuyal, del vecino cantón de Rioverde, a casi 40 kilómetros del sitio de la detención.

 

 

5. CASO JORDY MORALES - CANTÓN VINCES, LOS RÍOS.

 

Jordy de 31 años de edad fue detenido el 23 de agosto del 2024 a la 01h00 de la madrugada en el interior de su casa ubicada en el sector de Antonio Sotomayor, cantón Vinces. Fue llevado por patrulla de 10 militares con rumbo a un lugar desconocido en una camioneta gris. Así mismo, los militares se llevaron $300 dólares y los documentos personales de Jordy Morales. Hasta la fecha se desconoce su paradero.

 

 

6. CASO DAVE ROBIN LOOR ROCA y JUAN SANTILLAN - CANTÓN VENTANAS, LOS RÍOS.

 

Dave Robin de 20 años de edad y Juan Santillan de 27 años de edad fueron interceptados por dos camionetas de militares mientras se dirigía a una tienda en el Cantón Ventanas el 26 de agosto del 2024. Esa misma noche, una patrulla militar allanó arbitrariamente el domicilio de la madre de Dave Robin sin dar explicación. Esa noche, la madre de Dave Robin en la busqueda de su hijo, halló en el camino a un joven desconocido, desnudo y fuerte golpeado. El chico indicó que los militares estaban torturando a varios jovenes dentro del monte. La denuncia fue ingresada por desaparición involuntaria a pesar de haber indicios de participación militar.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

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Familiares de Dave Robin Loor Roca y Juan Santillan

 

 

7. CASO JAIRO TAPIA - CANTÓN BABAHOYO, LOS RÍOS.

 

Jairo de 16 años de edad, fue detenido por militares mientras se encontraba en su hogar en la ciudadela La Ventura, ciudad de Babahoyo el 04 de septiembre del 2024. Cabe destacar que los militares mencionaron que se lo llevaba por fines investigativos y que dentro de una hora sus allegados podían acercarse al Unidad de Vigilancia Comunitaria de la Policía Nacional (UVC) a verlo. Sus familiares dentro de la hora mencionada acudieron al UVC a pedir información pero no obtuvieron respuestas. Dos días después pusieron la denuncia. Hasta ahora se desconoce su paradero.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

8. CASO DALTON RUIZ - CANTÓN MOCACHE, LOS RÍOS.

 

Dalton de 35 años de edad, se encontraba en una fiesta en el Polideportivo de la parroquia Pimocha en Babahoyo, Los Ríos en el marco del Rodeo Montubio que se estaba realizando en el sector el 20 de octubre del 2024. Al regresar en un taxi a su domicilio, junto a dos amigos, un grupo de Fuerzas Armadas y de Policías Nacionales que realizaba operativo en la via pública los detuvo y los militares se llevaron al Dalton Ruiz Tapía dejaron en libertad a sus dos acompañantes. El 22 de octubre intentaron poner la denuncia pero no les receptaron por motivos de la falta de energía eléctrica, al día siguiente fue ingresada la denuncia. Una funcionaria de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos contra la Vida, Muerte Violentas, Desapariciones, Secuestros y Extorsión (DINASED) les comentó que tendrán respuestas de entre 15 a 20 años.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

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Documentación del caso de Dalton Ruiz entregada al CDH

 

 

9. CASO CRISTIAN SANDOYA, OSCAR ADRIHAN Y JONATHAN ADRIHAN - CANTÓN BABAHOYO, LOS RÍOS.

 

Cristian de 33 años de edad fue detenido por militares en la ciudadela La Ventura mientras se encontraba con los hermanos Oscar Adrihan de 24 años y Jonathan Adrihan de 29 años. A los tres los subieron al vehículo en contra de su voluntad, sin explicación alguna y se los llevaron por la vía Babahoyo-Montalvo el 24 de noviembre del 2024. Desde entonces, no saben nada de ellos. Han acudido los familiares a la Unidad de Vigilancia Comunitaria (UVC) de la Policía Nacionaly al pedir información sobre el paradero, les dijeron que “se preparen para encontrarlos descuartizados, muertos o enterrados.” Hasta el día de hoy tienen información del paradero.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

10. CASO JEAMPIER CASTAÑEDA y JUSTIN VALVERDE - CANTÓN MATA DE CACAO, LOS RÍOS.

 

Jeampier de 16 años fue interceptado por militares mientras se dirigía en una moto con su amigo Justín Valverde de 20 años a la farmacia en el sector de Mata de Cacao, provincia de los Ríos el 25 de noviembre del 2024. Al día siguiente, sus familiares encontraron una gorra, un zapato y la moto en la que se movilizaban. A pesar de haber presentado la denuncia, no han tenido información de ninguno de los dos. Posteriormente, dos policías llegaron a tomar declaración a los familiares y les dijeron que “sus hijos ya están muertos”. Sin embargo, sus familiares insisten en tener información y pruebas reales del paradero de ellos.

La madre del adolescente Jeampier señaló al CDH que posterior a la desaparición llegaron a su domicilio personas encapuchadas como forma de intimidación.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

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Familiares de Jeampier Castañeda y Justin Valverde

 

 

11. CASO JUSTIN ALVAREZ - CANTON BABAHOYO, LOS RÍOS.

 

Justín de 17 años de edad fue detenido por militares mientras se encontraba en casa de una amiga en el Cantón Babahoyo el 28 de noviembre del 2024. La denuncia fue ingresada por desaparición involuntaria a pesar de haber indicios de participación militar.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

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12. CASO FABRICIO ALVARADO - CANTÓN BABAHOYO, LOS RÍOS.

 

Fabricio de 20 años de edad fue detenido y llevado por los militares mientras se encontraba en la Cdla. Las Mujeres Solas de la ciudad de Babahoyo la noche del 06 de diciembre del 2024. Sus familiares no tienen información de él a pesar de haber interpuesto una denuncia.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

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Familiar de Fabricio Alvarado

 

 

13. CASO JASON FRANCO - CANTÓN BABAHOYO, LOS RÍOS.

 

Jason de 25 años de edad estaba en casa de un amigo el 06 de diciembre del 2024, cuando de pronto una camioneta blanca con militares entraron al domicilio y se lo llevaron detenido sin motivo a él y a cinco amigos. Hasta el día de hoy se desconoce el paradero de Jason Franco a pesar de haber puesto una denuncia que fue calificada como secuestro.

 

 

14. CASO MIGUEL MORÁN, KLEINER Y CARLOS PISCO- CANTÓN SIMÓN BOLÍVAR, GUAYAS.

 

El 6 de diciembre de 2024, a las 06h00, ingresaron presuntamente militares a la hacienda bananera La Fortaleza, en la parroquia Coronel Lorenzo de Garaycoa, en el cantón Simón Bolívar (Guayas) para realizar un allanamiento. La patrulla militar requisó a todo el personal que se encontraba trabajando y se llevaron a los hermanos Kleiner (15 años) y Carlos Pisco (17 años), y a su amigo Miguel Móran (21). Hasta ahora se desconoce el paradero de las tres personas.

 

 

15. CASO JOSUE DIDIER ARROYO BUSTOS, ISMAEL EDUARDO ARROYO BUSTOS, STEVEN GERALD MEDINA LAJONES y NEHEMIAS SAUL ARBOLEDA PORTOCARRERO - CANTÓN GUAYAQUIL, GUAYAS

 

El 8 de diciembre de 2024 a las 20h30, un grupo de 11 adolescentes regresaba a sus domicilios en la comunidad de ‘’Las Malvinas’’, luego de jugar fútbol en el complejo deportivo de la ciudadela COVIEM, al sur de la ciudad de Guayaquil. Al llegar a la avenida 25 de julio, el grupo de deportistas fue interceptado por una patrulla militar, integrada por 16 elementos de la Fuerza Aérea del Ecuador, que se movilizaba en dos camionetas oficiales de color blanco. Fueron detenidos arbitrariamente por los uniformados de la patrulla militar, embarcados en los vehículos mientras eran fuertemente golpeados y posteriormente torturados, según evidencia del video del sistema de cámaras de vigilancia controladas por el Municipio de Guayaquil. El grupo de 7 chicos huyó del lugar y regresó a la comunidad para dar aviso.

Según indagación fiscal, los cuatro adolescentes fueron abandonados golpeados y desnudos en el sector rural de Taura. El 24 de diciembre fueron hallados cuatro cuerpos que posterioemente se verificó que correspondían a los chicos detenidos desaparecidos.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

16. CASO JONATHAN VILLON VELAZCO - CANTÓN GUAYAQUIL, GUAYAS.

 

Jonathan de 31 años de edad el 09 de diciembre del 2024 salio a comprar víveres en el sector de Las Cañas, Nueva Prosperina, y mientras conversaba con un amigo, vió a un grupo de militares que se acercaban él y corrió. Posteriormente es perseguido, detenido, golpeado y subido a una camioneta municipal de Segura EP, color negro. Uno de los militares dijo que se lo llevaban al sector de La Entrada de la 8, en Monte Sinaí. Sin embargo, sus familiares al llegar a ese lugar no tuvieron información de él, ni en la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) de La Florida, ni en el Cuartel Modelo y ni en la morgue. Hasta el día de hoy desconocen su paradero.

 

Cuenta con medidas de acción urgente y medidas cautelares del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas.

 

 

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Actualmente el CDH sigue receptando casos de desaparición forzada que serán incluidos en este reporte progresivamente.

 

 

 

 

Guayaquil, 31 de enero del 2025

 

 

 

 

Redacción:
Billy Navarrete Benavidez
Fernando Bastias Robayo

Karen Montero Freire
CDH

 

 

Fotos: Billy Navarrete
Familiares de personas detenidas desaparecidas registradas el 17 de enero del 2025 durante Misión de Verificación en Babahoyo, provincia de Los Rios.

 

 

 

 

Fuentes:

 

1- Ver en www.cdh.org.ec
2. CNN, “¿En qué consiste el "conflicto armado interno" que Noboa decretó en Ecuador y qué implica?”, 10 de enero de 2024. https://cnnespanol.cnn.com/2024/01/10/que-es-conflicto-armado-interno-noboa-ecuador-orix
3. Ecuavisa, “La declaración de conflicto armado interno en Ecuador permite a las FF.AA. usar armas letales contra terroristas” 9 de enero de 2024.
“Ecuavisa, “La declaración de conflicto armado interno en Ecuador permite a las FF.AA. usar armas letales contra terroristas”, 9 de enero de 2024. https://www.ecuavisa.com/noticias/seguridad/conflicto-armado-interno-ecuador-ff-aa-usan-armas-letales-terroristas-EA6604521
4. INREDH, “Ante el reconocimiento de conflicto armado no internacional y los hechos de violencia en el país”. 15 de enero de 2024 https://inredh.org/ante-el-reconocimiento-de-conflicto-armado-interno-y-los-hechos-de-violencia-en-el-pais/
5. La Alianza de Organizaciones de Derechos Humanos del Ecuador, alertó que “Los conflictos armados incrementan la violencia hacia la población civil más vulnerable, mujeres, niños, niñas, adolescentes y diversidades sexo genéricasasí como su reclutamiento, la exacerbación de la xenofobia, etc” https://alianzaddhh.org/nos-solidarizamos-con-las-victimas-de-la-violencia-desatada-en-el-ecuador-y-exigimos-al-estado-abordar-de-forma-estructural-la-problematica-del-crimen-organizado-2/ .
6. Corte IDH. Caso Munárriz Escobar y otros Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de agosto de 2018, párr. 86
7. Corte IDH. Caso Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de septiembre de 2015, párr. 161
8. 79 Corte IDH. Caso Alvarado Espinoza y otros vs. México. Sentencia de 28 de noviembre de 2018 (Fondo, Reparaciones y Costas), párrs. 182 y 183; CCE, sentencia 33-20-IN/21 y acumulados, 5 de mayo de 2021, párr. 97.