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Desplazamiento Forzoso Venezolano

 

Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el éxodo de venezolanos es uno de los movimientos de población masivos más grandes en la historia de América Latinai. La ONU estima a 2,3 millones de venezolanos que han huido de su país, principalmente a Colombia, Ecuador, Perú y Brasilii, y esa cifra no deja de aumentar. La ONU reporta que las principales razones por las que los venezolanos abandonan su país son la falta de comida y la grave escasez de medicinas y suministros médicos.

 

 

En 2017, el ACNUR registró el ingreso de 287 972 ciudadanos venezolanos en Ecuador. Los primeros siete meses de 2018, registró el ingreso de 547 140 venezolanos sólo en el Puente de Rumichaca en la frontera con Colombia. Y la afluencia está cada vez más aumentando. Sólo la primera semana de agosto de 2018, unos 30 000 venezolanos llegaron al país, lo que representa un flujo diario alrededor de 4 000 al día. La mayoría de los emigrantes venezolanos que ingresan a Ecuador están en tránsito y continúan hacia Perú y Chile. Aproximadamente el 20% permanecen en el país. Entre enero y junio de 2018, 24 616 visas fueron entregadas. Además, en este mismo periodo, 4 003 venezolanos solicitaron el estatus de refugio. Por primera vez, los solicitantes de asilo de origen venezolano superaron a los colombianos, sin que las solicitudes de parte de los colombianos hayan disminuido.

 

En la rueda de prensa realizada en Ginebra el 10 de agosto de 2018, el vocero del ACNUR William Splinder detalló las dificultades que sufren los emigrantes venezolanos durante el viaje. Aseguró que muchos se mueven a pie durante días o incluso semanas en condiciones precarias. Manifestó su inquietud por el hecho de que “muchos se quedan sin recursos para continuar su viaje y se ven obligados a vivir en condiciones difíciles en los parques públicos, recurriendo a la mendicidad y otros mecanismos perjudiciales para hacer frente a sus necesidades diarias”. Destacó que las mujeres y niñas “se enfrentan a graves riesgos de violencia sexual, en particular sexo por supervivencia y trataiii”.

 

Los venezolanos que permanecen en Ecuador también se encuentran en condiciones de vida muy precarias. La mayoría viven en la pobreza y sufren discriminaciones y xenofobia. Muchos no consiguen trabajo, o si lo consiguen se trata de trabajo informal en el que están explotados. Reciben mucho menos del sueldo mínimo aunque trabajan una gran cantidad de horas, no están afiliados y sus condiciones de trabajo son muy difíciles. Algunas mujeres se ven obligadas a prostituirse para satisfacer sus necesidades básicas. También tienen dificultades para conseguir un alojamiento, y se registra hacinamiento en viviendas, como lo demuestra una encuesta realizada por el CDH. Gran parte de ellos desearían enviar dinero a su familia que se quedó en Venezuela pero ni siquiera tienen bastante para subsistir.

 

Para hacer frente a este fenómeno preocupante, las autoridades públicas, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales nacionales y locales adoptan iniciativas.

 

El 9 de agosto de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana dictó una resolución para “declarar la situación de emergencia, durante el mes de agosto, del sector de la movilidad humana en las provincias fronterizas del Carchi y El Oro y en la provincia de Pichinchaiv”. Eso responde a la necesidad de prestar atención al flujo migratorio inusual registrado en la frontera con Colombia. El objetivo es “establecer un plan de contingencia y las acciones y mecanismos necesarios para la atención humanitaria”. Como parte de las acciones a ejecutarse, el Ministerio del Interior incrementó su personal para el control migratorio, al tiempo que brindará seguridad. El Ministerio de Salud fortalecerá la atención con un mayor número de médicos, mientras el Ministerio de Inclusión Económica y Social pondrá a disposición un equipo de trabajadores sociales y psicólogos, especialmente para los grupos vulnerables (niños, niñas, adolescentes y mujeres)v. La resolución exhorta a la comunidad internacional, a través de las organizaciones de la ONU (como OIM, UNICEF, PMA, ACNUR), que continúe e intensifique sus esfuerzos. Las organizaciones internacionales proporcionan en particular agua, alimentos, carpas, mantas y kits de higiene personal para niños y mujeres. En el caso de los Municipios y GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados), sus acciones estarán encaminadas principalmente a proveer de la infraestructura básica en territorio y el aseguramiento del agua potable, sanidad, entre otros servicios.

 

También se adoptan iniciativas a nivel local. El Distrito Metropolitano de Quito, por ejemplo, imitó el Gobierno y declaró el estado de emergencia durante el mes de agosto de 2018vi. Eso implica la movilización de recursos necesarios para cubrir las necesidades humanitarias básicas de las personas en movilidad humana. En particular, el Municipio habilitó varios albergues de acogida temporal, estableció servicios de atención primaria de salud, y proporciona alimentos.

 

Guayaquil, desde mayo de 2018, ya proporciona un albergue temporal para personas en movilidad humana de tránsito por Ecuador, a través de la campaña “Un techo para el camino”. Gracias a esta campaña, la Fundación Hogar de Cristo ofrece un sitio de descanso por cuatro días. Además, desde el mes de agosto, la Mesa de Movilidad Humana, junto con la Cruz Roja y otras organizaciones locales, estableció un local en el Terminal Terrestre para proporcionar atención de salud.

 

El 16 de agosto de 2018, el Ministro del Interior, Mauro Toscanini, anunció que a partir del 18 de agosto, todo ciudadano que quiera ingresar al país necesitará presentar su pasaportevii. Explicó que esta medida se debe al flujo inusual de venezolanos, especialmente por la frontera con Colombia, pero que se aplica a toda persona, cualquier sea su nacionalidad. Indicó que la medida se tomó para garantizar la seguridad de los emigrantes venezolanos y en particular evitar que sean víctimas de trata de personas. Sin embargo, se incrementarán los servicios del Estado para ayudar a los migrantes que permanecen en el país. Además, el Gobierno, por primera vez, exhortó al régimen venezolano que busque una salida por la crisis humanitaria que sacude el país.

 

Regularización migratoria a venezolanos

 

De acuerdo al artículo 53 de Ley Orgánica de Movilidad Humana, una de las obligaciones que tiene cualquier migrante con pretensiones de residir en el país de manera temporal o permanente es obtener una condición migratoria regular. En el caso de las personas con nacionalidad venezolana, esta obligación resulta ser un enorme desafío que, en muchos casos, no se puede cumplir por motivos ajenos a la voluntad.

 

La Ley Orgánica de Movilidad Humana contiene el Capítulo IV que trata exclusivamente sobre la Comunidad Suramericana en el Ecuador. En este capítulo se precisa que los ciudadanos suramericanos en Ecuador son las personas nacionales de los países pertenecientes a la UNASUR. Asimismo, el artículo 84 es claro cuando señala que los ciudadanos suramericanos pueden ingresar, circular y salir del territorio ecuatoriano presentando solamente su documento de identificación nacional. Esto quiere decir que los nacionales de Estados miembros de la UNASUR, como es el caso de Venezuela, pueden ingresar al país únicamente con su cédula y acorde al artículo 56 de la misma ley, tienen un plazo de hasta 180 días (6 meses) para permanecer de manera regular en el país.

 

Durante este período de 180 días, donde los venezolanos son portadores de la visa de Turismo, comúnmente conocida como “Tarjeta Andina”, pueden realizar sus trámites de regularización solicitando la residencia temporal o permanente. Este plazo de permanencia de 180 días, no obstante, es insuficiente para culminar con el proceso de visa.

 

La obtención de un documento tan básico como el pasaporte resulta ser un trámite que puede llegar a durar varios meses hasta obtenerlo, con un precio sumamente alto. El Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) es la entidad venezolana que se encarga de emitir los documentos de identidad, incluyendo el pasaporte. En febrero de 2017, Juan Carlos Dugarte quien, en esa fecha era director, reconoció que la falta de material es uno de los problemas para la emisión del pasaporte.

 

Adicionalmente, la página web del SAIME presenta dificultades para ingreso y solicitud de cita para trámites debido a que los horarios de acceso son limitados. Esta falta de acceso a la página web imposibilita la obtención no sólo del pasaporte, sino también de otros trámites como el apostille de antecedentes penales, registros civiles de nacimientos, entre otros documentos indispensables para cualquier proceso de regularización.

 

Se han generado algunas acciones para tratar la congestión, entre ellas, la opción de solicitar una prórroga de dos años al pasaporte vencido y recientemente, el 13 de agosto, se han enviado 93 valijas diplomáticas con más de 10 mil pasaportes para ser entregados a varias embajadas y consulados alrededor del mundo. Ecuador no fue país destino de valijas, lamentablemente.

 

Los venezolanos que ingresan al país portando su pasaporte y documentos apostillados se encuentra en ventaja y por tanto, con mayor posibilidad de obtener regularidad migratoria en el Ecuador. Sin embargo, dentro del país se tropiezan con trámites que conllevan altos costos y que representan obstáculos infranqueables debido a la precaria situación económica de la mayoría de los migrantes venezolanos.

 

La Ley Orgánica de Movilidad Humana es generosa en cuanto a la proporción de alternativas migratorias. La visa UNASUR es una de estas alternativas y es la opción migratoria que la mayoría de venezolanos solicita. Esta visa permite al extranjero vivir en el país por dos años y tener los mismos derechos que tiene una persona ecuatoriana. La solicitud de visa tiene un valor de $50 y la visa tiene un costo de $200. Es decir, la visa UNASUR tiene un valor de $250,00 por persona, sin contar los demás requisitos básicos como (pasaporte, apostille de documentos, certificado de movimiento migratorio, etc.).

 

Los extranjeros que exceden del plazo de 180 días sin regularizarse, estarían cometiendo una falta migratoria. El Acuerdo Ministerial #907 del Ministerio del Interior cuyo objeto es establecer el procedimiento de cobro de multas por faltas migratorias, estipula en su artículo 2 numeral 1 que las personas que durante el plazo permanencia de 180 días, no hayan regularizado su condición migratoria, deberán pagar el valor de dos salarios básico unificados ($772). Muchos de los casos de personas venezolanos cometen esta falta migratoria por los motivos antes señalados, de no poder solicitar un pasaporte o apostillar su documentación de país de origen.

 

Para tener una idea del costo de una visa, una familia conformada por 4 personas de nacionalidad venezolana que desean acceder a la visa UNASUR, y hayan excedido el plazo de 180 días, deberán pagar un total de $4.088. En este valor no se incluye los costos que involucran requisitos básicos como pasaporte, apostilles, etc.

 

Por otro lado, una familia de nacionalidad colombiana de 4 integrantes que quiera acceder a la visa UNASUR, tiene que pagar únicamente el valor de $200 correspondiente al rubro de solicitud de visa.

 

Esto se debe a que las personas nacionales de Colombia están exentos del pago del rubro de visa debido a un convenio bilateral existente entre Ecuador y Colombia. Y además, están exonerados también del pago de multa por falta migratoria. El Acuerdo Ministerial #907 señala que están exonerados de este pago, por principio de reciprocidad, los ciudadanos colombianos de acuerdo a la Resolución No. 060 de 2013 de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

 

Por último, otra de las mayores dificultades para solicitar una visa en el Ecuador se debe a que el sistema denominado “Sistema Virtual para emisión de Citas del Ministerio de Relaciones Exteriores” se encuentra colapsado. Un extranjero que quiera solicitar una visa, primero debe solicitar una cita en este sistema, no obstante, la disponibilidad depende de cada Coordinación Zonal.

 

Debido a lo señalado con respecto a los largos periodos de espera y al elevado coste que implican los trámites de regularización, muchos ciudadanos de nacionalidad venezolana no tienen otra opción que permanecer en situación irregular en el país. Esta condición hace que el extranjero se encuentre en mayor grado de vulnerabilidad, en medio de escenarios de violación a sus derechos humanos y con gran dificultad a lograr una integración efectiva en la localidad.

 

Movilización ciudadana contra la xenofobia

 

La medida cautelar presentada por las Defensorías Publica y la Defensoría del Pueblo del Ecuador detuvo el requisito de pasaporte para el ingreso de ciudadanos venezolanos al país resuelto por el Ministerio del Interior. Al mismo tiempo el Gobierno, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, dispuso en el acuerdo 244:

 

“El ingreso de ciudadanos venezolanos que deseen utilizar no un pasaporte son su cedula de identidad para entrar en el territorio del Ecuador a través de los puntos autorizados por la Ley, Se verificará cumpliendo con la siguiente validación de dicho documento de identidad por parte de la persona que desee ingresar al Ecuador:

 

  1. a) Con la presentación de un certificado de validez de la cedula de identidad, emitido por un organismo regional o internacional reconocido por el gobierno del Ecuador; o,
  2. b) Con la presentación de un certificado de validez de cédula de identidad emitido por las entidades autorizadas al efecto por el Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela, debidamente apostillado.”

El CDH considera que el Gobierno de Ecuador no puede ni debe condicionar el uso de la cédula venezolana como documento habilitante para el ingreso a territorio ecuatoriano porque contraviene el art. 84 de la Ley de Movilidad Humana y la constitución de nuestro país.

 

Con estos antecedentes, la Red de Refugiados y Migrantes de la Región Costa y el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH consideran que en Ecuador se configura el fenómeno de criminalización de la movilidad humana para detener el desplazamiento forzoso venezolano. Creemos que solo una respuesta articulada entre las instituciones de los sectores de lo social y de movilidad humana del Estado, de los gobiernos vecinos y las organizaciones de la sociedad civil puede diseñar mejores condiciones para el ingreso y salida por los controles migratorios del país.

 

Creemos que es importante comenzar a tejer acciones desde el Estado basados en el principio constitucional de solidaridad(art. 85, n. 1) que posibiliten un mejor clima para la integración socio comunitaria de ese porcentaje de ciudadanos venezolanos que deciden quedarse en el Ecuador y no continuar su periplo hacia más al sur del continente. Es por tal motivo que solicitamos al Estado ecuatoriano:

 

Ampliar la Declaratoria de Emergencia decretada el pasado 8 de agosto a otras provincias con importante presencia de población venezolana y que además son parte de este corredor humanitario hacia la frontera sur del país.

 

Derogar inmediatamente el requisito extra que se le exige a ciudadanos venezolanos de certificar la cédula nacional de Venezuela para ingresar a territorio nacional, ya que atenta como lo mencionamos anteriormente la Ley de Movilidad Humana.

 

Decretar una Amnistía Migratoria en el país, para que se otorgue el status de refugiados a las personas que viene huyendo de la crisis humanitaria de Venezuela, priorizando a los grupos de personas más vulnerables como mujeres embarazadas, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, etc.). Recomendamos revisar el antecedente de la amnistía migratoria del 9 de febrero del 2010, mediante el decreto ejecutivo 248 en el caso de ciudadanos haitianos, después de la crisis humanitaria posterior al terremoto en ese país en enero del 2010.a

 

Promover políticas públicas de garantía de derechos de personas en situación de refugio y movilidad humana y no discriminación de forma permanente y no solo emergente. Incorporar al quehacer de la administración publica el enfoque de la movilidad humana para bajar los índices de discriminación y xenofobia en la sociedad.

 

 

Elaborado por Ilona Perrier, Emilia Ponce y Paul Murillo

 

Guayaquil, agosto de 2018

 

 

 

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