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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

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La violencia carcelaria del pasado martes 28 de abril en la Penitenciaría del Litoral evidencia lo poco, o nada, que ha hecho el gobierno para solucionar la precaria situación de los centros de privación de libertad desde la masacre de febrero. Desde la Alianza contra las Prisiones vemos con indignación y mucha preocupación la inacción estatal y violación sistemática de derechos fundamentales en contextos de confinamiento.

Hacemos un llamado de atención ante los graves riesgos para la integridad personal y emocional de quienes se encuentran privados de la libertad; e invitamos a abordar con criticidad las narrativas oficiales, mediáticas y simplistas que responsabilizan a organizaciones delictivas de la violencia carcelaria. Observamos atentamente cómo estas narrativas refuerzan y reproducen medidas securitarias en repetidas ocasiones, que lejos de solucionar el problema, incrementan la violencia dentro y fuera de la prisión, alimentando así la desconfianza en la gestión penitenciaria, y vulnerando a las personas privadas de la libertad y sus familias.

Al mismo tiempo, a partir de la masacre carcelaria de febrero del 2021, el Estado ecuatoriano fue llamado por diversas Cortes para garantizar la vida de las personas privadas de la libertad, y cumplir con los compromisos adquiridos por los instrumentos internacionales y la Constitución de la República del Ecuador. Es importante señalar que la Corte Constitucional ya ha mencionado desde octubre del 2020, que:

la crisis del sistema de rehabilitación social responde a deficiencias estructurales, y a actuaciones deficientes e irresponsables, más que a situaciones urgentes o imprevisibles” (1) (...) “condena enfáticamente que las medidas extraordinarias adoptadas en el marco del estado de excepción para controlar y prevenir la violencia generada en los CPL del país no hayan mostrado resultados tangibles y recalca la posición especial de garante que tiene el Estado frente a los derechos
de las personas privadas de libertad, quienes se encuentran bajo su custodia y responsabilidad, y el deber de responder por las acciones u omisiones que vulneran derechos” (2).

Exigimos por tanto dar cumplimiento a la sentencia constitucional del 05 de marzo del 2021, donde se insta a tomar las medidas necesarias para “eliminar la sobrepoblación carcelaria del país”. (...) Para la adopción y ejecución, de estas medidas, se contará con la participación del señor Defensor del Pueblo, de las facultades de Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, de la Universidad Central del Ecuador, a través de sus decanos o delegados que conozcan sobre temas de carácter penitenciario; se contará también con la participación de las personas que han solicitado estas medidas” (3).

No obstante, a pesar de que es una obligación judicial de varias instituciones públicas, especialmente de la Presidencia de la República, no se han cumplido, ni las medidas cautelares, ni las medidas de reparación integral determinadas en la sentencia; como tampoco se ha aperturado un diálogo con la academia y sociedad civil para la búsqueda de soluciones integrales y desde otros enfoques.

Permanecemos vigilantes al cumplimiento de las obligaciones jurídicas del Estado, y a la precautela y reparación integral de las vidas al interior de las prisiones. Hacemos un llamado a sostener el diálogo abierto con la academia, sociedad civil, y organizaciones de derechos humanos. Enfatizamos que los brotes de violencia dados el día de ayer, 28 de abril del 2021, no son hechos aislados, sino producto de la violencia estructural, rutinizada y naturalizada del sistema carcelario.

#SinDignidadNoHayPaz
#AlianzaContraLasPrisiones

 

 

1 Dictamen de constitucionalidad No. 6-20-EE/20 de 19 de octubre de 2020, párrafo 44
2 Auto de fase de seguimiento No. 4-20-EE/21 y acumulado Causa No.: 4-20-EE y 6-20-EE
3 Proceso constitucional Nro. 17297202100409

 

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