Audiencia ¡Aquí nos quedamos! Desalojos urbanos y rurales en Ecuador fue un espacio para analizar y construir propuestas que enfrenten los daños a la naturaleza y la violación de los derechos de las comunidades generadas proyectos de infraestructura urbanos y rurales, políticas de vivienda, de reasentamientos.
La Audiencia: ¡Aquí nos quedamos! Desalojos urbanos y rurales en Ecuador es parte de la Ruta por la Verdad y Justicia para la Naturaleza y los Pueblos, que se propone generar una revisión de las políticas del Estado en materia de derechos de la naturaleza, derechos colectivos e individuales vinculados, con el fin de generar “Verdad, Justicia y Reparación” para los casos de violaciones de derechos, e impedir que caigan en el olvido y con ello se perpetúe la impunidad; para que los daños producidos sean reparados hacia las comunidades y restaurados hacia la naturaleza.
Considerando los siguientes antecedentes:
Ecuador ha ratificado los Tratados y Convenciones Internacionales y, por tanto, todas las instituciones tienen la obligación legal de respetar, proteger, promover y garantizar el derecho a la vivienda y a rendir cuentas periódicamente a las instancias internacionales sobre las medidas adoptadas para garantizar su cumplimiento, siendo el desalojo sin realojo acordado, una violación de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos (Art. 25), adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 de Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948; el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art.11) ratificado por Ecuador el 6 de marzo de 1969 y el Protocolo facultativo del PIDESC aceptado el 11 de junio de 2010; la Convención sobre los Derechos del Niño (Art.27) ratificada por Ecuador el 23 de marzo de 1990; la Convención por la eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (Art. 14 y 15) ratificada por Ecuador el 9 de noviembre de 1981; la Carta de la Organización de los Estados Americanos (Art. 34, k), ratificada por Ecuador el 21 de diciembre de 1950; la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Art. 26), ratificada por Ecuador el 8 de diciembre de 1977; el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en el Área de Derecho Económico, Social y Cultural, ratificado por Ecuador el 10 de febrero de 1993.
Como lo subrayado también por las instancias de Naciones Unidas en los Comentarios Generales N. 4 y N. 7 sobre los Derechos a Vivienda Digna que afirman que cualquier forma de desalojo forzado es incompatible con los requisitos del PIDESC. A este propósito les recordamos que los artículos 30, 31, 37, 39, 47, 66, 261, 340, 375, 376 de la Constitución nacional de Ecuador reconocen el derecho a la vivienda y que el artículo 42 “prohíbe todo desplazamiento arbitrario”.
Durante la audiencia hemos escuchado testimonios y recibido informaciones preocupantes de parte de las organizaciones de la sociedad civil de Guayas, Manabí, Esmeraldas, Morona-Santiago y Bolívar respecto de la situación de indefensión en la que se encuentran las familias que están sufriendo la amenaza concreta de desalojo para los casos detallados durante la audiencia.
Caso de la Isla de Muisne.
Se quiere desalojar a 10000 personas de la Isla de Muisne bajo el argumento del riesgo de tsunami y por fuertes presiones de intereses turísticos sobre este espectacular espacio. Tras el terremoto de abril de 2016 no murió una sola persona en todo el cantón, pero en Muisne hubo 300 casas destruidas, 400 más por reconstruir, y hasta la actualidad no se han realizado viviendas pese a la cuantiosa inversión que llegó.
Caso de Monte Sinaí.
Se calcula que viven en la zona, cerca de 150 mil personas. Desde la promulgación del decreto 607, el 28 de diciembre del 2010, alrededor de 5000 familias han sido desalojadas de la zona de Monte Sinaí, bajo acusación de invasión y con una fuerte violencia hacia todas las personas, en especial hacia las mujeres y la infancia.
Tras el desalojo hubo criminalización de dirigentes comunitarios; se han cerrado más de 100 locales comerciales de venta de materiales de construcción, acusados de promover las invasiones. Se ha prohibido el mejoramiento y construcción de las viviendas, en caso de infringir esta norma, van detenidos. En la actualidad se desarrolla el proyecto “Las Marías” sobre 40 hectáreas ya ocupados, por lo que las familias diariamente están recibiendo notificaciones de desalojo y/o desplazamientos.
Caso del proyecto gubernamental “Guayaquil Ecológico”.
Se han dado violetos desalojos en la parroquia Febres Cordero entre 2010 y 2015. El pueblo afroecuatoriano que vivía en este sector de manglar fue desalojado el proyecto urbanístico del Gobierno central amparado por la protección del Estero Salado.
Dentro del mismo caso, se anota la situación del Programa Gubernamental Socio Vivienda 2 levantado para reubicar a miles de familias desalojadas por proyecto Guayaquil Ecológico que incluye casas con graves problemas técnicos y sin considerar características de familias reubicadas.
Actualmente este programa sufre graves problemas de seguridad que ha obligado a operaciones militares y desalojos forzosos de familias por presunto mal uso dispuesto por el MIDUVI sin garantizar el derecho a la defensa ni la seguridad de tenencia jurídica.
Caso de Posorja frente al proyecto del Puerto de Aguas Profundas.
Polo de desarrollo económico de 2500 hectáreas que están siendo expropiadas para se industrializadas provocando incertidumbre para 700 familias se encuentran viviendo y laborando en el sitio.
Caso de Casas Colectivas calle Gómez Rendón.
360 familias, 1400 personas en riesgo de desalojo. Se trata de 2 Bloques de propiedad del Seguro Social, construidos en el año 1950 considerados patrimonio histórico. La familias viven son inquilinos pero desde hace 15 años el Seguro Social abandonó el lugar. En la actualidad se prevé su derrocamiento por presunto deterioro de la edificación.
Caso proyecto multipropósito Chone-Manabí.
Se desplazó a la población de Río Grande sin consultarlos. 250 policías con tanqueta llegaron a la comunidad por la noche, sin previo aviso. Se destruyeron fincas con condiciones naturales, hubo maltratos y se produjo un aborto por la violencia.
La represa se construyó para evitar inundaciones provocadas por las camaroneras que han estrangulado el río.
Caso de Nankints.
Se desplazó a una comunidad shuar para la ubicación del proyecto minero Panantza-San Carlos. Los hombres huyeron a la selva perseguidos por la policía. Las mujeres fueron hostigadas por el ejército y la policía.
Caso San Pablo de Amalí.
La ubicación del proyecto hidroelectico Hidrotambo-Bolivar ha desplazado familias por la represa, con acusaciones de terrorismo a los líderes.
Por esta consideración, exhortamos al Estado a ejercer su competencia ante esta grave situación de violación de los más elementales Derechos Humanos: a la vida, a la vivienda, al trabajo, a la seguridad de la tenencia de la tierra considerando que por ser los representantes del pueblo, son los más idóneos en la defensa de la condición de ciudadanos de las personas afectadas.
Entendemos que la voz de las comunidades afectadas por la presión a abandonar su territorio de vida, es una legítima voz, y debe ser escuchada por los representantes políticos y las instancias del
estado a nivel local y provincial. Expresamos nuestra plena solidaridad a las organizaciones sociales y de los habitantes y a las personas afectadas por estas violaciones.
RECOMENDACIONES
Determinar un alto total a los desalojos y a las prácticas de amenazas y presión a las comunidades de los sectores mencionados
Hacemos un llamado a los pueblos y comunidades amenazados con desalojos forzosos a organizarse, fortalecer sus liderazgos comunitarios y elaborar demandas que protejan sus derechos humanos y de la naturaleza
Establecer una mesa de diálogo multisectorial entre las instituciones y las organizaciones sociales de los habitantes para dar soluciones asequibles a esta problemática con políticas que impliquen Cero Desalojos y que permitan un acercamiento entre autoridades y población para compartir información completa, oportuna y veraz de los planes y proyectos de reasentamiento y vivienda en la zona, se escuchen las preocupaciones y propuestas de las comunidades y se llegue a acuerdos respecto a las medidas a aplicar, prestando particular atención a las personas en situación de vulnerabilidad. Los resultados de la mesa de diálogo debe llevar a compromisos concretos por parte de las autoridad
Considerar e incluir las propuestas de reforma de artículos a la Ley 88 que han presentado los pobladores de Monte Sinaí
Diseñar y poner en marcha un programa de capacitación a funcionarios públicos en materia de derechos humanos y políticas urbanas y de vivienda, derechos de la naturaleza
Entregar en propiedad colectiva los bloques de las Casas Colectivas de la calle Gómez Rendón a las familias residentes, desembolsar partida para rescate del edificio como patrimonio. Crear un modelo de gestión para la futura administración de los bloques por parte de sus residentes
Derogar el decreto 607 para evitar nuevos desalojos de familia de monte Sinaí, salvo las consideradas documentadas en situación de riesgo por la dirigencia del barrio. Además se paralice el proyecto Las Marías, en actual ejecución, y se haga una socialización con las familias afectadas; a partir de lo cual, se reformule bajo un modelo de gestión cooperativo de autoayuda con asistencia técnica y autogestionado
Derogar el Acuerdo Ministerial 073 del 21 de julio de 2016 de la Secretaría General de Riesgos que declara a la Isla de Muisne como zona de riesgo y establece el desalojo de sus habitantes
Derogar el programa Socio Vivienda porque no resuelve el problema de la vivienda y lo agrava generando temor de grave estallido social con perjuicio a la infancia, mujeres embarazadas, afrodescendientes y refugiados.
Informaremos a todas las autoridades nacionales e internacionales para llevar a cabo las medidas necesarias para cumplir con el respeto de las leyes de protección del derecho a la vivienda.
La comisión formada por Rocío Bastidas, Elizabeth Bravo, Antonio Martínez, Líder Góngora y Billly Navarrete.
Monte Sinaí, Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, 25 de Noviembre de 2017