El 13 de julio del 2012 el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH entrego comunicado al Alcalde de Guayaquil sobre la denuncia sobre el presunto desalojo arbitrario y maltratos que sufrieran integrantes de organizaciones de diversidad sexual por parte de miembros de la Policía Metropolitana mientras desarrollaban una reunión contra la discriminación en el parque San Francisco el pasado viernes 6 de julio a las 17h30.
Según denuncia formal, testimonios directos, notas de prensa, registro fotográfico y audiovisual reunidos por el CDH, el incidente se inició cuando aproximadamente 15 personas, en su mayoría mujeres, integrantes de reconocidos colectivos que promueven la no discriminación a la orientación sexual en la ciudad se encontraban reunidas en el Parque San Francisco, al costado de la Avenida 9 de Octubre. Ellas se expresaban a través de un megáfono y exhibían carteles pequeños contra la discriminación sin que esta acción represente obstrucción al libre tránsito, ni amenaza a los bienes públicos o privados.
En estas circunstancias llegó al lugar un grupo de Policías Metropolitanos, dirigidos por el oficial P. Alvarado signado con el número 064, quien “pidió el permiso” para la realización de la reunión. Al no recibir el documento, los uniformados ordenaron desalojar el parque, patearon los carteles y forcejearon con las manifestantes. La acción de los Policías Metropolitanos provocó el reclamo de los peatones del sector y posteriormente las manifestantes se retiraron.
La información recogida sobre este incidente nos conduce a señalar que la acción de la Policía Metropolitana el viernes 6 de julio en el parque San Francisco descrita anteriormente constituiría una afectación a las libertades de Reunión, de Asociación Pacífica, de Expresión y Opinión y al Derecho a la No Discriminación de las manifestantes garantizados por la Constitución del Ecuador e instrumentos regionales e internacionales de protección a los Derechos Humanos.
Puntualizamos las siguientes consideraciones que deben ser incluidas al analizar el procedimiento de los Policías Metropolitanos frente a eventos como el descrito:
Las libertades de reunión, expresión y manifestación pacífica en espacios públicos, que se ejercía en este caso, son prácticas ciudadanas altamente sensibles en un Estado democrático.
El acto que se reprimió el viernes pasado en el centro de la ciudad representa una expresión natural de un grupo ciudadano que defiende sus Derechos Humanos a través de acciones no violentas. Estas acciones están ampliamente cubiertas por el nuevo ordenamiento jurídico ecuatoriano y son relevantes sobre procesos reglamentarios o burocráticos.
El ejercicio de los Derechos Humanos citados no puede ser condicionado por el otorgamiento de permisos emitidos por parte de la autoridad debido a que toda reglamentación contraviene su naturaleza y fácilmente se constituye en discriminatoria.
Los colectivos por el Derecho Humano a la Orientación Sexual son grupos ciudadanos emergentes que deben gozar de reconocimientos por parte de las autoridades frente a posibles actos discriminatorios. El carácter progresivo de los Derechos Humanos convierten a las comunidades históricamente invisibilizadas en sujeto de protección, especialmente por parte de Guardias Civiles y Fuerza Pública.
Recordamos que las atribuciones de la Policía Metropolitana no incluyen el arbitrar con grupos sociales que demandan garantías a sus Derechos Humanos.
Por tal motivo el CDH solicitó al Alcalde de Guayaquil nos remita información oficial sobre el incidente del viernes 6 de julio en el parque San Francisco con la finalidad de examinar procedimientos municipales frente a actos de esta naturaleza y prevenir afectaciones a las libertades de Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos.
Guayaquil, 31 julio 2012
Billy Navarrete Benavides
Secretario Ejecutivo del CDH