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Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

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El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos – CDH, en el marco de la conmemoración del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, celebrado el 26 de junio, reitera su alarma por el agudo deterioro de las condiciones de vida de la población privada de la libertad en el Ecuador, caracterizada primordialmente por el agudo hacinamiento y hechos de violencia extrema, que configuran de esta forma un evidente estado general de tortura sufrida por este grupo de atención prioritaria.

 

El sistema carcelario en Ecuador, con capacidad para albergar a 28.500 personas, actualmente acoge a más de 40.000 personas, con serias denuncias sobre un inadecuado suministro de alimentos, agua y atención médica. Del 1 enero al 29 de julio del 2019 el CDH registra 22 crímenes a nivel nacional, siendo las dos cárceles ubicadas en Guayaquil, el escenario de 14 crímenes.

 

 

 

Decretos de Excepción

 

Debido a la profunda crisis en el sistema carcelario, el Gobierno Nacional el 16 de mayo de 2019 emitió el Decreto Ejecutivo 741 que “declara Estado de Excepción en el sistema de rehabilitación social a nivel nacional, para atender las necesidades emergentes de dicho sistema con el fin de precautelar los derechos de las personas privadas de la libertad como grupo de atención prioritaria”. Ademas, señala que el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, SENAI y el Ministerio del Interior, determinarán en el ámbito de sus competencias, la forma de aplicar esta medida para conseguir la finalidad señalada.

 

El decreto establece su vigencia para 60 días, provocando la suspensión del régimen de visitas y la incertidumbre de las familias que llegan a diario por información a los centros carcelarios, ahora cercado por militares.

 

Con fecha 27 de mayo de 2019, el Gobierno Nacional emite el Decreto Ejecutivo 754 que, entre otras cosas, señala que “el informe con corte 16 de mayo de 2019 del Sistema de Gestión Penitenciaría, en lo que va del año las unidades especializadas en seguridad penitenciaria de la Policía Nacional y del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores han desarrollado 297 operativos en los centros de rehabilitación social, habiéndose presentado las siguientes incidentes lesivos a la seguridad de las personas privadas de libertad: 1) Detección e incautación de 1037 teléfonos celulares; 2) Detección e incautación de 2.968 accesorios para teléfonos celulares; 3) Detección e incautación de 14 armas de fuego; y, 4) Detección y incautación de 4.262 armas cortopuzantes.

 

Con fecha 15 de julio de 2019, al cumplirse el plazo de vigencia del Estado de Excepción, el Gobierno Nacional emite el Decreto Ejecutivo 823, que extiende 30 días la medida y menciona acciones del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, que incluye: “4) Actividades orientadas a garantizar los derechos a las personas privadas de libertad en el contexto del estado de excepción, entre las cuales destacan: a) Directrices para la adecuada atención de requerimientos de información y visitas de la Defensoría del Pueblo”.

 

El Decreto señala además “de la suspensión del ejercicio del derecho a la inviolabilidad de correspondencia de las personas privadas de la libertad en los centros del sistema de rehabilitación social a nivel nacional, se especifica que la misma se circunscribe a la limitación, bajo parámetros de proporcionalidad y necesidad, del acceso a misivas, cartas y comunicados de cualquier tipo y cualquier medio, que no haya sido revisado con anterioridad por parte de la Policía Nacional en los filtros de ingreso que le correspondan y por parte del cuerpo de seguridad penitenciaria. Igual restricción se aplicará al envío de cualquier comunicado, video o similares desde le interior de los centros de rehabilitación social por parte de las personas privadas de libertad en su entorno externo”.

 

 

Preocupaciones sobre idoneidad de medida

 

Durante este estado de excepción, se registran hasta ahora seis motines en las cárceles de Guayaquil, con un saldo de 14 asesinatos cometidos con premeditación y crueldad, el secuestro temporal de 19 agentes del GIR de la Policía Nacional y alrededor de 40 policías han resultado heridos por internos durante requisas.

 

Frente a este escenario, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos recuerda las Observaciones Finales de Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, presentadas al Estado de Ecuador en el Sexto Informe Periódico del 8 de agosto de 2017.

 

Concretamente, el párrafo 25 señala: “el Estado parte (Ecuador) debe incrementar sus esfuerzos con miras a continuar mejorando las condiciones de detención y a eliminar el hacinamiento, en particular asegurando la aplicación efectiva de las normas relativas a medidas alternativas de privación de la libertad. Así mismo, le recomienda que redoble sus esfuerzos para prevenir y poner fin a la violencia en los lugares de privación de libertad y que continúe asegurando que todos los incidentes de violencia entre reclusos, en particular los casos en los que haya habido muertes, sean investigados y los responsables sancionados de conformidad con la gravedad de sus actos”.

 

El CDH considera que declarar el Estado de Excepción no es la medida idónea frente a la crisis carcelaria en el Ecuador. Por el contrario, los resultados han sido contraproducentes, al no evitar muertes a sangre fría en aparente modalidad de ajusticiamiento, toma de rehenes de agentes de la fuerza pública e incomunicación prolongada de población carcelaria con el mundo exterior.

 

El CDH expresa su preocupación por la ausencia de información oficial por parte de las autoridades del Gobierno Nacional sobre la situación carcelaria, las medidas de seguridad, investigación y sanción por las muertes registradas que devuelvan la tranquilidad, principalmente a las familias de los privados de la libertad.

 

El CDH considera reveladora la afirmación realizada por un vocero gubernamental a inicios de junio, quien frente a la crisis carcelaria confesaba “qué más podemos hacer”, evidenciando la incapacidad de las autoridades para impedir los continuos enfrentamientos y “ajustes de cuentas” entre bandas criminales.

 

De los hechos ocurridos en más de una década, se constata que en el interior de algunos centros carcelarios se han constituido y desarrollado auténticas mafias, que se disputan el control real del sistema penitenciario para lucrarse a través del tráfico de drogas, alcohol, armas, extorsiones, ingreso de celulares y objetos prohibidos. Durante el accionar de estas mafias se han registrado los asesinatos en Guayaquil, de Soledad Rodriguez, Eddy Henriquez y recientemente Gabys Moreno, mientras se desempeñaban como directores del centro; violencia que también ha afectado a otros servidores públicos, principalmente guías penitenciarios.

 

 

Pedidos del CDH sobre crisis carcelaria

 

Además de otras medidas de carácter económico y legislativo, el CDH llama la atención al Gobierno Nacional sobre las garantías del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, coordinado por la Defensoría del Pueblo del Ecuador, como instrumento reconocido por el “Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes”, vigente desde el 2006. Consideramos urgente e indispensable seguir las recomendaciones presentadas periódicamente por el mencionado mecanismo nacional, así como fortalecer su acción a través de la articulación de organizaciones de Derechos Humanos, sector académico, grupos de la sociedad civil, misiones pastorales, etc., que cuentan con valiosa experiencia y capacidades sobre la compleja realidad carcelaria.

 

El CDH ha venido alertando al Gobierno actual acerca de la gravedad de la situación sin recibir respuesta y mantiéndose las restricciones para realizar su trabajo en el interior de las cárceles. En Guayaquil el pasado jueves 13 de junio se conformó la Mesa sobre Personas en Prisión y sus Familias, integrada inicialmente por el CDH, la Pastoral Penitenciaria Arquidiocesana de Guayaquil, la Pastoral Social Cáritas, el Programa de Educación a Distancia de la Universidad Católica, Fundación Paz y Esperanza, para articular experiencias y capacidades ciudadanas sobre el trabajo en las cárceles y realizar acciones de sensibilización sobre la situación de personas privadas de la libertad y sus familias en el Ecuador. Además, el CDH se encuentra promoviendo la conformación del Comité de Familiares de Personas en Prisión como instrumento de exigibilidad de Derechos Humanos.

 

El 16 de julio del 2019 varias organizaciones de Derechos Humanos del Ecuador -Mujeres de Frente, Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, Fundación Regional de Asesoría en Derechos, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, Vivir Libre, solicitamos públicamente, entre otros temas, lo siguiente:

 

- Que el Estado reconozca la importancia de los vínculos entre las personas encarceladas para la rehabilitación social a través de la ampliación de las visitas de familiares (sus horarios y número de visitantes) como medio de fortalecimiento de los vínculos sociales y emocionales de las personas privadas de la libertad.

 

- Que el Estado sancione las requisas humillantes y se instaure el respeto a la dignidad de las personas que acuden a la visita.

 

- Que el Estado garantice una adecuada alimentación y atención médica.

 

- Que el Organismo Técnico de Rehabilitación Social se pronuncie y responsabilice sobre la vida de las personas muertas y/o desaparecidas.

 

- Que el Ejecutivo se abstenga de renovar el Estado de Excepción, toda vez que se ha evidenciado que no ha sido la vía idónea ni efectiva para superar una crisis penitenciaria.

 

- Que la Defensoría del Pueblo del Ecuador publique los informes de seguimiento al Estado de Excepción ordenado por la Corte Constitucional.

 

El 25 de julio de 2019 el Subsecretario de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior respondió a pedido de información oficial requerido por el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos el 22 de Julio de 2019. La respuesta señala que “esta Cartera de Estado no es competente para atender dicho requerimiento. Al respecto, se le sugiere hacer su solicitud de manera directa ante el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), por ser ese organismo público el que tiene entre sus funciones dirigir y controlar el sistema de rehabilitación social a escala nacional; pudiendo analizar su requerimiento, y de ser el caso, proceder conforme a derecho corresponda.”

 

 

Conclusiones

 

Frente a lo descrito, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH muestra las siguientes conclusiones recogidas y documentadas durante la vigencia del Estado de Excepción para el sistema carcelario en el Ecuador:

 

- Existe ausencia de información pública sobre evaluación de periodo de Estado de Excepción que justifique extensión e idoneidad de medida de última ratio. Recordamos que la reserva a la información pública no debe incluir información sobre situaciones violatorias a los Derechos Humanos.

 

- Pese a la militarización en los exteriores de las cárceles y la serie de operaciones policiales de requisa en pabellones, persiste secuencia de hechos violentos con uso de armas que incluyen asesinatos con extrema crueldad. Estos crímenes premeditamente cuentan con registro de videos que se viralizan rápidamente, expandiendo ampliamente la zozobra.

 

- Según registro de asesinatos y amotinamientos, se identifica que la violencia se concentra mayormente en las cárceles de Guayaquil y Latacunga.

 

- Contradice la proporcionalidad de Estado de Excepción el reconocimiento de que los hechos violentos se focalizarían en algunas cárceles y, dentro de ellas, serían recurrentes en algunos pabellones.

 

- El peso de la medida excepcional es cargada por las familiares de las personas privadas de la libertad mostrado en los actos de protestas liderados por mujeres por los periodos de incomunicación prolongada y aislamientos.

 

- Testimonios de familiares coinciden en denunciar restricción a alimentos y agua, abandono y agravamiento de salud de sus parientes en prisión durante periodos de incomunicación.

 

- Aun está pendiente la requerida facilidad para acceso a centros carcelarios de parte de la Defensoría del Pueblo y organismos de defensa de Derechos Humanos, la divulgación de resultados de monitoreo sobre garantías de Derechos Humanos a grupo de atención prioritaria.

 

Actualización:
Guayaquil, 31 de julio de 2019

 

El Directorio del CDH